La fecha de prioridad es aquella primera fecha en la que se presenta una solicitud de protección inicial que determina la autoría de una invención o derecho de propiedad industrial y a partir de la cual se obtendrán los derechos de exclusividad en caso de obtenerse la protección solicitada.

Durante los 12 meses siguientes a la fecha de prioridad (en el caso de las patentes y modelos de utilidad), o durante los 6 meses siguientes a la fecha de prioridad (para los modelos industriales y las marcas), y en virtud del Convenio de la Unión de París, todos los países reconocen dicha fecha de prioridad, sea cual sea el país en el que se ha presentado la solicitud de protección inicial. Por lo tanto aceptan la extensión de la protección solicitada reconociendo en su propio territorio, como fecha de depósito, la fecha de prioridad inicial siempre que el texto a extender no sea modificado más allá de una simple traducción literal.

Esto permite que durante el primer año de vida de la solicitud sea posible solicitar también la protección en cualquier otro país del mundo conservando la fecha de la primera solicitud.

Expirado ese plazo de 12 meses, esa posibilidad queda cerrada, y por lo tanto la invención descrita en la solicitud pasará a ser de dominio público en todos aquellos países en los que no se ha solicitado la extensión a partir de la publicación de la solicitud o a partir de la divulgación del objeto de protección.